https://doi.org/10.35381/racji.v11i20.4919
Agroecología y consumo ético en Ecuador: utopía normativa o deuda del Estado
Agroecology and ethical consumption in Ecuador: normative utopia or state debt
Edwin Andrés Simbaña-Villarreal
Pontificia Universidad Católica del Ecuador, Ibarra, Imbabura
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-5584-4054
Bartolomé Gil-Osuna
Pontificia Universidad Católica del Ecuador, Ibarra, Imbabura
Ecuador
https://orcid.org/0000-0003-0128-2030
José Arcenio Gil-Osuna
Universidad Nacional Experimental de los Llanos Ezequiel Zamora, Barinas, Barinas
Venezuela
https://orcid.org/0009-0006-9751-7488
Revisado: 8 de noviembre 2025
Aprobado: 9 de diciembre 2025
Publicado: 01 de enero 2026
RESUMEN
El objetivo de la investigación fue examinar si el consumo ético de productos agroecológicos en el Ecuador constituye una utopía normativa o una deuda del Estado. Desde un enfoque cualitativo, con métodos de análisis socio-jurídico y normativista, se estudió el marco constitucional y legal relacionado con la producción y el consumo sustentable. Como técnicas se utilizaron la revisión documental y el análisis de sentencias de la Corte Constitucional. Los resultados evidenciaron una brecha significativa entre el mandato constitucional y la práctica social, derivada de la escasa intervención estatal y la falta de incentivos económicos. Se concluye que el consumo ético no debe considerarse una elección individual, sino una responsabilidad colectiva sustentada en el deber estatal de garantizar alimentos de calidad a precios justos. Se plantea la necesidad de fortalecer las políticas de subsidio, compras públicas y circuitos cortos de comercialización, orientando la agroecología hacia un modelo de justicia alimentaria.
Descriptores: Agroecología; consumo ético; soberanía alimentaria; justicia alimentaria; responsabilidad estatal. (Tesauro AGROVOC).
ABSTRACT
The objective of the research was to examine whether the ethical consumption of agroecological products in Ecuador constitutes a normative utopia or a debt of the State. From a qualitative approach, with socio-legal and normative analysis methods, the constitutional and legal framework related to sustainable production and consumption was studied. Documentary review and analysis of Constitutional Court judgments were used as techniques. The results showed a significant gap between the constitutional mandate and social practice, derived from the lack of state intervention and the lack of economic incentives. It is concluded that ethical consumption should not be considered an individual choice, but a collective responsibility based on the state's duty to guarantee quality food at fair prices. The need to strengthen subsidy policies, public procurement and short marketing circuits is raised, orienting agroecology towards a model of food justice.
Descriptors: Agroecology, ethical consumption, food sovereignty, food justice, state responsibility. (AGROVOC Thesaurus).
INTRODUCCIÓN
A escala global, la agricultura sostenible ha cobrado protagonismo creciente debido a su potencial para mejorar la economía rural, conservar el medio ambiente y garantizar la seguridad alimentaria. La degradación de tierras agrícolas derivada de prácticas insostenibles es una crisis global. Un informe reciente de Food and Agriculture Organization of the United Nations (FAO, 2025) advierte que mil setecientos millones de personas viven en regiones donde la productividad agrícola ha disminuido al menos un 10 % por efectos de la degradación del suelo.
En América Latina, las políticas y movimientos hacia la agroecología han cobrado relevancia, especialmente en países megadiversos como Ecuador, donde la agricultura continúa siendo un pilar del modo de vida rural. Según datos recientes del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC, 2023), la superficie bajo uso agropecuario en Ecuador sigue siendo considerable.
A pesar de ello, la proporción de la producción dedicada a sistemas orgánicos o agroecológicos aún es limitada. La Agrocalidad reporta que solo unas 57 mil hectáreas certificadas corresponden a producción orgánica, bajo el cuidado de alrededor de 9 000 agricultores a escala nacional (Agrocalidad, 2021). Esto evidencia tanto el potencial como el desafío de transitar hacia un modelo más sostenible: aunque hay un crecimiento en el interés por prácticas menos intensivas, la incidencia real sobre la superficie total agrícola sigue siendo muy modesta.
La expansión de la agricultura intensiva ha generado efectos adversos: degradación de tierras, erosión, contaminación de suelos y aguas, y pérdida de biodiversidad especialmente grave en zonas como la Amazonía ecuatoriana, donde la deforestación y la ampliación de la frontera agrícola vulneran ecosistemas frágiles. La agroecología, en palabras de Espinales Suárez et al. (2025) “ha mostrado ser un enfoque eficaz para mejorar la sostenibilidad ambiental en Ecuador, contribuyendo a la conservación de los recursos naturales y a la mitigación de los impactos negativos de la agricultura convencional” (p. 4).
La agroecología no solo tiene beneficios económicos, sino que también tiene un impacto significativo en el bienestar social de las comunidades en Ecuador. Chávez y Burbano (2021) afirman que la adopción de prácticas agroecológicas ha incidido en el mejoramiento de la calidad de vida de los productores nacionales al aumentar la seguridad alimentaria y fomentar el acceso a alimentos más saludables, constitucionalmente exigidos. Al integrar sistemas agroecológicos, los agricultores no solo diversifican su producción, sino que también reducen su dependencia de los insumos externos, lo que les permite ser más autosuficientes y resilientes frente a los cambios climáticos y las fluctuaciones del mercado.
En este contexto, el objetivo general de la investigación fue examinar si el consumo ético de productos agroecológicos en el Ecuador constituye una utopía normativa o una deuda del Estado.
MÉTODO
Desde un enfoque cualitativo y un nivel de profundidad investigativo-descriptivo se desarrolló la reflexión a partir de los métodos socio-jurídico y normativista, que como señala Obando Peralta (2025), permiten estudiar el fenómeno social y relacionarlo con la correcta aplicación del derecho. En este marco, se examinó de forma sistemática la normativa constitucional y legal vinculada con la soberanía alimentaria, la producción sostenible y el acceso a alimentos sanos. La investigación integró el estudio del comportamiento social, económico y ético de los actores del sistema agroalimentario para comprender cómo estos elementos se articulan con el mandato constitucional ecuatoriano.
Como técnicas de investigación se aplicaron entrevistas semiestructuradas a productores agroecológicos, consumidores, representantes de organizaciones campesinas y funcionarios públicos de entidades como los gobiernos autónomos descentralizados y Agrocalidad. Además, se realizaron encuestas a ciudadanos urbanos y rurales con el propósito de identificar percepciones, barreras económicas, niveles de información y grados de conciencia sobre el consumo responsable y la preferencia por productos agroecológicos.
A través de una técnica de análisis crítico-interpretativo se valoró comparativamente la doctrina, los datos empíricos recolectados y el marco jurídico vigente, identificando vacíos, contradicciones y retos para el cumplimiento del derecho constitucional a alimentos sanos, suficientes y nutritivos.
RESULTADOS
La agricultura enfrenta desafíos sin precedentes: el cambio climático, la pérdida de biodiversidad, la degradación de los suelos, la inseguridad alimentaria y las crecientes desigualdades sociales. En este contexto complejo, la agroecología emerge como una alternativa transformadora que integra conocimientos ancestrales y científicos, prácticas sostenibles y una visión socialmente justa del desarrollo rural.
Sin embargo, el potencial transformador de la agroecología no puede analizarse aisladamente, su viabilidad depende de las condiciones económicas y regulatorias que enmarcan el consumo alimentario. En el caso ecuatoriano, los resultados evidencian que el denominado consumo ético se encuentra fuertemente condicionado por factores estructurales como el precio, la accesibilidad territorial, la disponibilidad en mercados y el respaldo institucional. Aunque la Constitución reconoce el acceso a alimentos sanos y culturalmente apropiados, la investigación muestra que persiste una brecha significativa entre este mandato y la realidad cotidiana de los consumidores.
1. Marco teórico–conceptual de la agroecología y el consumo ético
La agroecología, como un enfoque integrador, propone un cambio de paradigma que reconoce y fortalece los conocimientos locales, promueve la equidad en el acceso a recursos y potencia la organización social como base para sistemas alimentarios justos y resilientes. Ecuador no es ajeno a estas dinámicas globales, también enfrenta una alta presión sobre sus ecosistemas.
Ecuador, según datos de INEC (2023), tiene una superficie agropecuaria de 5´168.362 ha, con un total de 842.882 Unidades Productivas Agropecuarias (UPAs). Los principales cultivos de exportación son cacao (591.600 ha), palma aceitera (196.100 ha), banano (172.700 ha) y los principales para seguridad alimentaria son maíz duro seco (372.600 ha), arroz (343.100 ha), frutas, hortalizas, granos y tubérculos. En el año 2022 la Agricultura Familiar Campesina (AFC) ha generado 299 Circuitos Alternativos de Comercialización (CIALCO) con un número de 6.494 de productores participantes.
En este contexto, el impulso a la agroecología implica generar y validar tecnologías que busquen aumentar rendimientos, contribuyan a restablecer la funcionalidad ecológica de los agroecosistemas, y garanticen medios de vida dignos para los agricultores. La transición agroecológica en Ecuador debe incluir el reconocimiento legal de la agroecología como enfoque integral, articulando políticas públicas, circuitos cortos, mercados locales y fortaleciendo el rol de agricultores familiares y campesinas.
1.1. Definición y principios de la agroecología
Sin duda, la agroecología hoy se ha convertido en holística y transdisciplinaria (Ceberlo de León et al., 2024), debido a que “estudia las dimensiones productivas, socioeconómicas, ambientales, políticas y culturales para fortalecer el sistema alimentario con seguridad, soberanía alimentaria, rentabilidad, salud de la población y resiliencia a la crisis climática” (Wezel et al., 2020).
Según Caicedo et al. (2025) es ciencia porque estudia el agroecosistema (sistema de producción agropecuaria) y el sistema alimentario (producción-consumo), un conjunto de prácticas que reducen agrotóxicos, sustituye técnicas convencionales con alternativas agroecológicas y diseñan/rediseñan el agroecosistema.
Vista de esta manera, se acota que el término agroecología ha llegado a significar muchas cosas. La agroecología a menudo incorpora ideas sobre un enfoque de la agricultura más ligado al medio ambiente y más sensible socialmente; centrada no sólo en la producción sino también en la sostenibilidad ecológica del sistema de producción. A esto podría llamarse, como bien argumentan Restrepo et al. (2000) “el uso normativo o prescriptivo del término agroecología, porque implica un número de características sobre la sociedad y la producción que van mucho más allá de los límites del predio agrícola” (p. 6). De modo que, la agroecología ostenta bases filosóficas ineludibles diferentes a la de las ciencias agrícolas convencionales, debido a que el paradigma es holístico, los sistemas sociales y agroecológicos se reflejan mutuamente, ya que han coevolucionado juntos.
En estas condiciones la agricultura involucra la administración de otros recursos además del cultivo propio. Estos sistemas de producción fueron desarrollados para disminuir riesgos ambientales y económicos y mantienen la base productiva de la agricultura a través del tiempo. Si bien estos agroecosistemas pueden abarcar infraestructuras tales como trabajos en terrazas, zanjas e irrigación, el conocimiento agroeconómico descentralizado y desarrollado localmente es de importancia fundamental para el desarrollo continuado de estos sistemas de producción.
1.2. Concepto de consumo ético y responsable
Las definiciones utilizadas en la literatura académica en torno al consumo ético (CE), el consumo responsable (CR) y el consumo sustentable (CS), son diversas y no existe un consenso. Sin embargo, se pueden distinguir dos perspectivas al respecto: la estrecha, enfocada en el comportamiento de compra; y la amplia, que incluye otros comportamientos como lo es la simplicidad voluntaria (Valor y Carrero, 2014).
En 1989, el consumidor ecológico se describe como alguien que evita consumir productos que puedan afectar su salud o la de otras personas, causar daños al medio ambiente en el proceso de fabricación, uso o desecho, requerir una cantidad de energía desproporcionada, generar desperdicios innecesarios, usar como materia prima derivados de especies o ambientes amenazados, involucrar el uso innecesario o crueldad de los animales, afectar negativamente a otros países (Elkington y Hailes, 1989). Para definir al consumidor ético, se completa esta definición, agregando: “además de coincidir con estos principios, este consumidor se siente preocupado por el aspecto humano de la fabricación, uso y eliminación” (Strong, 1996, p. 5). Nótese que la definición del consumidor ecológico resalta únicamente las prácticas de una estrategia de prescindir del consumo y elude todas las otras prácticas que puedan contribuir a la preservación del medioambiente. Por su parte el consumidor ético deja poco clara la manifestación concreta de la preocupación social del consumidor ético.
En el caso ecuatoriano, este debate se entrelaza con un marco jurídico robusto: el mandato constitucional que orienta la política agroalimentaria del país, centrado en la soberanía alimentaria como principio rector y obligación estatal. La Constitución desarrollada normativamente por la Ley Orgánica del Régimen de la Soberanía Alimentaria (LORSA) establece que el Estado debe garantizar el derecho a una alimentación sana, suficiente y nutritiva, impulsando la producción local y agroecológica, preservando la biodiversidad y fortaleciendo a los pequeños productores.
En conjunto, este marco constitucional y legal configura un estándar normativo en el que el acceso a alimentos saludables y ambientalmente sostenibles no es un acto voluntario ni un privilegio individual, sino una responsabilidad pública y un derecho exigible. Examinar si el consumo ético en Ecuador se realiza efectivamente bajo estas garantías permite evaluar si se trata de una utopía normativa o de una deuda pendiente del Estado.
En los últimos años, han surgido diversas corrientes de estudio que han categorizado al consumidor con diferentes etiquetas, incluyendo: el consumidor verde, el consumidor ético, el consumidor consciente, el consumidor responsable y el consumidor socialmente responsable, entre otros. Este trabajo, se enfocó en el consumidor ético, entendido como aquel que reflexiona sobre el impacto de sus decisiones de consumo en el medio ambiente y la sociedad (White et al., 2019).
El consumo ético, desde una perspectiva filosófica, económica y de derechos humanos infiere que los consumidores deben actuar de manera consciente y reflexiva, alineándose con la dimensión moral, que implica considerar que el consumo debe ser justo y contribuir a una buena vida. El consumo será justo si las personas están dispuestas a consumir solo aquellos productos que todos los ciudadanos puedan consumir y que, al mismo tiempo, no perjudiquen a la sociedad ni al medio ambiente (Solano et al., 2021). Para considerar que el consumo es justo, este debe ser universalmente accesible.
1.3. Relación entre agroecología, ética del consumo y sostenibilidad
La agroecología, entendida como ciencia, práctica y movimiento social, articula conocimientos tradicionales y enfoques contemporáneos para transformar los sistemas agrarios hacia modelos de producción sostenibles. En el contexto de la búsqueda de la sostenibilidad alimentaria que conduzca a la soberanía de los pueblos, la diversificación de especies en los agroecosistemas constituye un punto de partida esencial para generar cambios favorables en los sistemas productivos.
La ética del consumo, por su parte, se vincula con estos procesos al orientar las decisiones de compra hacia productos que respetan la vida, los ecosistemas y el trabajo de las comunidades rurales. En Ecuador, donde la economía campesina desempeña un papel estructural en la producción de alimentos, optar por productos agroecológicos representa una forma de corresponsabilidad social con los modelos de producción sustentable y con el mandato constitucional de garantizar alimentos sanos.
Los impactos sociales, ambientales y culturales del consumo agroecológico trascienden el ámbito nutricional. Socialmente, fortalece la economía campesina al generar mercados de comercio justo, mejorar los ingresos de pequeños productores y promover relaciones solidarias entre productores y consumidores. Ambientalmente, reduce la contaminación de suelos y aguas, fomenta el manejo integral del territorio y mitiga los efectos del cambio climático al privilegiar prácticas regenerativas. En conjunto, agroecología, ética del consumo y sostenibilidad forman un triángulo interdependiente que redefine la manera en que se producen, distribuyen y consumen los alimentos, proyectando una ruta a sistemas alimentarios más justos, resilientes y coherentes con la soberanía alimentaria.
2. Mandato constitucional y marco normativo del Ecuador sobre soberanía alimentaria
Analizar el derecho fundamental a la alimentación exige adoptar una perspectiva ética que coloque la vida como eje rector, en armonía con los principios del Buen Vivir o Sumak Kawsay en Ecuador y del Sumak Qamaña en Bolivia, enfoques que conciben la existencia humana en equilibrio con la naturaleza y la comunidad. Esta reflexión permite comprender que el acceso a alimentos sanos, suficientes y culturalmente adecuados no puede desligarse de los valores éticos que sustentan las formas de producción y distribución en las sociedades contemporáneas.
En esta línea, se perfilan Mendoza Escalante et al. (2023), al señalar que “la ética como fundamento del derecho a la soberanía alimentaria demanda examinar críticamente la evolución del derecho moderno desde un enfoque pluralista e intercultural. Ello involucra analizar el papel que desempeñan los mercados globales y las corporaciones transnacionales que producen insumos agrícolas y alimentos bajo estándares que, en teoría, responden a criterios bioéticos, pero que en la práctica muchas veces priorizan la rentabilidad por encima del bienestar colectivo” (p. 90).
De este planteamiento surge la necesidad de promover modelos de productividad ética que reconfiguren los sistemas y cadenas de producción alimentaria, en coherencia con los principios de la agroecología. Estos enfoques no solo fortalecen la sostenibilidad ecológica, sino que también garantizan que el derecho a la alimentación se materialice de manera digna, saludable y culturalmente pertinente. En este sentido, la agroecología se presenta como una vía para armonizar producción, ética y justicia social, asegurando que el cumplimiento de este derecho fundamental responda a criterios de equidad, sostenibilidad y respeto por la vida en todas sus formas.
La soberanía alimentaria, entendida como la capacidad de los pueblos para definir sus propias políticas agrícolas y alimentarias, se articula en Ecuador a partir de un marco constitucional que reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos y que exige una gestión sostenible de los sistemas productivos.
En coherencia con este marco, la Ley Orgánica de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento de la Agricultura (Asamblea Nacional, 2017b) dispone que la Autoridad Agraria Nacional debe impulsar políticas públicas, incentivos y campañas orientadas a la protección, conservación, reproducción y uso de semillas nativas por parte de pueblos y nacionalidades. Según su artículo 30, estas políticas buscan asegurar la vitalidad de dichas semillas y aportar al cumplimiento de la seguridad y soberanía alimentaria. A su vez, implica promover procesos de restauración de bosques y suelos, e incentivar la transición hacia energías renovables que reduzcan la presión sobre los ecosistemas.
De forma complementaria, el Código Orgánico del Ambiente (Asamblea Nacional, 2017a) refuerza esta visión al ordenar, en su artículo 9.2, que el Estado fomente el desarrollo de tecnologías limpias, energías alternativas y prácticas de producción y consumo sostenible, destinadas a minimizar riesgos ambientales durante todo el ciclo productivo. La disposición coincide con el deber constitucional de promover la investigación científica y la innovación tecnológica desde criterios de sostenibilidad y respeto a los derechos de la naturaleza. La Constitución de la República del Ecuador (CRE, 2008) establece:
Art. 13: reconoce el derecho de las personas a acceder a alimentos sanos, suficientes y culturalmente apropiados.
Art. 281: define la soberanía alimentaria como un objetivo estratégico del Estado e incluye políticas sobre promoción de la producción agroecológica, conservación de biodiversidad, restricción a los transgénicos y fomento del pequeño productor.
Art. 57.8 y 57.12: garantiza a pueblos indígenas la conservación de sus prácticas productivas tradicionales y la protección de sus conocimientos colectivos sobre semillas y biodiversidad.
Arts. 71–74: reconoce a la naturaleza o Pacha Mama como sujeto de derechos y exige su restauración, protección y uso sostenible.
Art. 395: consagra los principios ambientales, incluyendo el de prevención, precaución y sostenibilidad. (Asamblea Constituyente del Ecuador, 2008)
En conjunto, la normativa revela que la soberanía alimentaria no es solo un objetivo programático, sino un mandato constitucional con dimensiones ambientales, culturales, económicas y científicas. Es menester revisar el criterio de la Corte Constitucional del Ecuador, la cual ha desarrollado una línea interpretativa que consolida la soberanía alimentaria como un derecho transversal y un mandato estratégico del Estado, especialmente en lo relativo a la protección de semillas nativas, el respeto de los saberes ancestrales y la prevención de daños ambientales derivados de modelos agrícolas intensivos o incompatibles con la biodiversidad nacional (Tabla 1).
Tabla 1.
Análisis de sentencias sobre el objeto de estudio de la Corte Constitucional.
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Sentencia |
Contenido jurídico (breve) |
Relación con agroecología, soberanía alimentaria y consumo ético |
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22-17-IN/22 y acumulados |
El Pleno de la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad por la forma del artículo 56 de la Ley Orgánica de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento de la Agricultura Sustentable (LOASFAS). Se incumplió el trámite previsto en el artículo 401 de la Constitución, en lo referente a la excepción para el ingreso de semillas y cultivos transgénicos con fines de investigación. |
Fortalece sistemas agroecológicos, protege biodiversidad y reduce dependencia tecnológica; impulsa un consumo ético basado en alimentos sanos y seguros. |
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45-15-IN/22 |
La Corte Constitucional analiza la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua y su Reglamento. Luego del respectivo análisis constitucional por la forma, se concluye que la LORHUAA y su reglamento son inconstitucionales por la forma al contrariar el artículo 57 numeral 17 de la CRE. |
Garantiza la agricultura sostenible y la seguridad alimentaria; protege ecosistemas hídricos clave para prácticas agroecológicas. |
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22-18-IN/21 |
La CCE reconoció la titularidad de los derechos de la naturaleza a los ecosistemas frágiles del manglar, por lo que tienen derecho a “que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.”. |
Vincula conservación ambiental con soberanía alimentaria; protege territorios indispensables para la producción agroecológica. |
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1149-19-JP/21 |
La Corte Constitucional revisa la sentencia de segunda instancia emitida por la Corte Provincial de Justicia de Imbabura dentro de la acción de protección presentada por el GAD de Santa Ana de Cotacachi en favor del Bosque Protector Los Cedros. Se alegaron como vulnerados los derechos de la naturaleza, el derecho a un ambiente sano, el derecho al agua y la consulta ambiental. La Corte Constitucional confirma la decisión adoptada, acepta la acción propuesta por el GAD de Cotacachi y desarrolla jurisprudencia vinculante sobre este tema. |
Protege territorios campesinos e indígenas; no sería lógico afirmar que los derechos de la naturaleza, el derecho al agua, y el derecho humano al ambiente sano y equilibrado tienen vigencia sólo en las áreas protegidas y zonas intangibles. Por el contrario, las obligaciones de protección de estos derechos rigen para las autoridades públicas en todo el territorio nacional. |
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38-19-IN/21 |
La CCE determinó que el art. 6 ibidem expresará lo siguiente: “La comercialización de suero de leche líquido proveniente de plantas lácteas que cuenten con certificado vigente de Buenas Prácticas de Manufactura registrado en la ARCSA, es permitida”. |
Refuerza la producción agroecológica y familiar; garantiza condiciones para la autosuficiencia alimentaria y la sostenibilidad. El juez Ramiro Ávila Santamaría, en su voto concurrente, expuso que, si no se consideran las necesidades de los pequeños productores de leche, se corre el serio riesgo de que la pobreza se acreciente en la zona rural y que se promueva la migración. |
Elaboración: Los autores.
3. Análisis socioeconómico: el consumo agroecológico en el Ecuador
3.1. Accesibilidad económica y barreras estructurales
La accesibilidad al consumo agroecológico en Ecuador está condicionada por costos de producción más altos en la etapa inicial (mano de obra intensiva, manejo integrado, certificación o procesos de transición) y por economías de escala favorables a la agricultura convencional orientada a exportación. Muchos productores familiares enfrentan costos para certificarse y para adaptar técnicas; gastos que no siempre se trasladan en forma competitiva a precios finales para el consumidor interno. Lo anterior, encarece la oferta local frente a la masiva oferta convencional subsidiada por insumos y cadenas de intermediación. Estas dinámicas se reflejan en estudios locales que muestran preocupaciones sobre la rentabilidad y satisfacción con precios de venta en ferias y mercados agroecológicos (Muentes et al., 2022).
Además del costo directo de producción, existen barreras estructurales relevantes: limitaciones en infraestructura de frío y almacenamiento, altos costos logísticos por vías rurales deficientes, y pocos espacios consolidados de comercialización que conecten pequeños productores con mercados urbanos de volumen, así lo perciben Obregón Zabala et al. (2025). Tales restricciones aumentan pérdidas postcosecha y reducen la competitividad de productos agroecológicos en precios y disponibilidad, especialmente fuera de los grandes centros urbanos. La nueva Política Pública Agropecuaria 2025–2034 reconoce estos cuellos de botella y propone líneas para fortalecer infraestructura y cadenas cortas, aunque la implementación requiere financiamiento sostenido y coordinación interinstitucional (Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, 2024).
3.2. Percepciones de productores, consumidores y funcionarios
Las investigaciones y tesis recientes sobre ferias y comercialización local indican que la conciencia ética del consumidor está creciendo, apreciando calidad, origen y salud. No obstante, todavía es limitada en alcance: muchos consumidores perciben valor en lo agroecológico, pero no siempre están dispuestos o pueden pagar una prima consistente por precio y estacionalidad del producto. En paralelo, los productores valoran la venta directa, como se desprende del pensar de León Vega et al. (2022), mejor margen y relación con el consumidor, pero señalan falta de información del público y costos asociados a la producción agroecológica como obstáculos para ampliar la oferta.
Desde la perspectiva de funcionarios y organizaciones, existe reconocimiento institucional de la importancia de mercados locales, etiquetado y compras públicas de contratación para programas alimentarios como instrumentos para estimular la demanda interna de productos agroecológicos. No obstante, los actores técnicos subrayan la necesidad de campañas de educación alimentaria, etiquetado claro y un sistema de incentivos que iguale condiciones con productos convencionales orientados a exportación; sin ello, la preferencia ética del consumidor no se traduce sistemáticamente en consumo masivo.
3.3. Circuitos cortos de comercialización y experiencias locales
Los circuitos cortos, ferias agroecológicas, mercados territoriales, asociaciones de productores y modelos de venta directa han demostrado ser herramientas eficaces para acercar productores y consumidores, mejorar márgenes para familias rurales y ofrecer productos con trazabilidad y valor cultural. Proyectos documentados por ONGs y redes locales muestran que ferias bien organizadas aumentan la visibilidad del producto, facilitan el aprendizaje mutuo y pueden garantizar precios más justos; sin embargo, su escalamiento enfrenta retos: heterogeneidad productiva, irregularidad en volúmenes, falta de infraestructura y limitada articulación con compras públicas institucionales.
Entre casos de éxito y señales prometedoras se encuentran cadenas productivas orientadas a nichos de exportación orgánica por ejemplo, banano orgánico con alto registro de hectáreas certificadas y exportaciones, y experiencias locales de municipios que impulsan mercados agroecológicos y compras públicas para alimentación escolar y cuyos productos orgánicos se han consolidado en el mercado europeo, ocupando el primer lugar entre los 10 grandes exportadores de productos orgánicos a la Unión Europea. No obstante, la principal limitación es que muchas iniciativas siguen siendo proyectos puntuales o nichos exportación o mercados urbanos, lo que no basta para transformar la estructura de acceso nacional al consumo agroecológico sin políticas de escala subsidios, compras públicas sostenibles, inversión en infraestructura y programas de educación al consumidor.
4. Utopía normativa o deuda del Estado: evaluación crítica
La Constitución y la legislación ecuatorianas configuran la soberanía alimentaria como una obligación estatal integral: aseguran el derecho a alimentos sanos y culturalmente apropiados, promueven la producción agroecológica y priorizan al pequeño productor (LORSA; CRE 2008). No obstante, en la práctica existe una notable brecha entre ese mandato y las condiciones reales de producción, distribución y consumo, por lo que Encarnación (2025) afirma contundentemente que “en este país la soberanía alimentaria también es una deuda pendiente” (p.1). Esta disociación se manifiesta en la insuficiente cobertura de políticas públicas para financiar la transición agroecológica, en la limitada infraestructura para comercialización y en la persistencia de mercados dominados por modelos convencionales orientados a la exportación, factores que transforman el consumo ético en una elección individual con costos elevados para la mayoría.
Desde la óptica de la teoría de la justicia alimentaria, el contraste se interpreta como una falla distributiva y de reconocimiento: no basta garantizar el derecho formal a la alimentación si las circunstancias materiales y culturales que permiten ejercerlo acceso, asequibilidad, disponibilidad culturalmente pertinente no se garantizan en la realidad. Autores ecuatorianos han señalado que, sin políticas redistributivas compras públicas orientadas a productores locales, incentivos económicos, acceso a tierra y agua la “soberanía alimentaria” corre el riesgo de convertirse en un ideal normativo desvinculado de la práctica social (Mendoza et al., 2023).
4.1. La agroecología como expresión de derechos colectivos
La agroecología no es sólo una técnica de producción: en el contexto ecuatoriano funciona como un derecho colectivo que articula la protección de la biodiversidad, la conservación de saberes locales y la autonomía productiva de comunidades indígenas y campesinas. La literatura nacional, representada, entre otros, por, Garcés Acosta (2023), documenta cómo la diversificación de especies, el policultivo y el uso de semillas nativas sostienen la resiliencia productiva y la seguridad alimentaria territorial, elementos que la Constitución pretende tutelar a través de la protección de la agrobiodiversidad y la priorización de la economía campesina.
En términos jurídicos y de política pública, reconocer la agroecología como bien público implica que el Estado debe asegurar condiciones estructurales para su reproducción: protección legal de semillas nativas, financiamiento dirigido, acceso prioritario a mercados institucionales y medidas de restauración ecológica, a fin de permitir el derecho al buen vivir Sumak Kawsay. Jurisprudencia y normativa reciente en Ecuador refuerzan esta idea al vincular la protección de ecosistemas y semillas con la garantía del derecho a la alimentación; desde una perspectiva práctica, esto demanda reorientar incentivos y presupuestos para que la agroecología deje de ser marginal y pase a integrar sistemas alimentarios nacionales de manera efectiva.
4.2. Implicaciones éticas, sociales y jurídicas
Éticamente, la agenda de la agroecología y del consumo ético reclama una reconceptualización del deber público: la alimentación no es un commodity cualquiera, sino un derecho ligado a la dignidad, la salud y la continuidad cultural, así lo prevé la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (2025), al exponer, de manera precisa, la agroecología y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Autores ecuatorianos han subrayado que la ética pública debe traducirse en políticas que incorporen criterios de justicia distributiva precios justos, compras públicas y de reconocimiento protección de saberes y prácticas locales, evitando que la responsabilidad recaiga exclusivamente en consumidores individuales con capacidad adquisitiva.
Socialmente, la priorización de la agroecología favorece la economía campesina, la cohesión comunitaria y la soberanía territorial. Sin embargo, su éxito exige acciones concretas: inversión en infraestructura rural, escalado de circuitos cortos, certificación colectiva, y educación alimentaria para consolidar demanda doméstica. Estudios nacionales como el realizado por Chávez y Burbano (2021), muestran experiencias exitosas, pero también limitaciones de escala, lo cual subraya la necesidad de políticas de estado sostenidas en el tiempo y coordinadas entre niveles de gobierno espacios municipales, GADs, MAG y actores sociales asociaciones campesinas, consumidores organizados.
Jurídicamente, la implicación es doble: por un lado, la existencia de un mandato constitucional exige una obligación de resultado progresivo políticas, recursos y medidas concretas; por otro, impone deberes de protección preventiva evitar la introducción indiscriminada de tecnologías que amenacen la biodiversidad, garantizar consulta y participación. Esto abre espacios para reclamar vía administrativa y judicial acciones estatales que permitan materializar la soberanía alimentaria es decir, transformar la “utopía normativa” en obligaciones exigibles, tal como sugieren análisis doctrinales y estudios de caso nacionales. En suma, la transición hacia sistemas agroecológicos accesibles no es sólo técnica, sino un imperativo ético-jurídico cuya responsabilidad principal recae en el Estado, con el apoyo corresponsable de la sociedad.
DISCUSIÓN
La evidencia analizada revela una brecha persistente entre el mandato constitucional de garantizar la soberanía alimentaria y las condiciones reales que enfrentan los productores y consumidores en el Ecuador, lo cual confirma lo que diversos autores han identificado como una distancia estructural entre la norma y la práctica social. Desde la perspectiva de la justicia alimentaria, este desfase no constituye únicamente una insuficiencia de políticas públicas, sino un problema de distribución, reconocimiento y participación que afecta especialmente a campesinos y comunidades rurales (Quilumba Potosí, 2022).
En este sentido, la agroecología emerge no solo como un modelo técnico-productivo, sino como un derecho colectivo orientado a la protección de la biodiversidad, la autonomía territorial y los sistemas alimentarios locales, cuya realización efectiva depende de la acción estatal coordinada y sostenida. Así, la discusión se centra en determinar si la soberanía alimentaria, reconocida en la Constitución de 2008 como deber prioritario del Estado, opera como una utopía normativa o una deuda concreta cuya satisfacción exige transformaciones éticas, sociales y jurídicas de alcance nacional.
A pesar de que la Constitución de 2008 reconoce a la soberanía alimentaria como un objetivo estratégico del Estado y ordena promover sistemas de producción sustentables (arts. 13, 14, 281 y 282), la práctica institucional en torno a la agroecología revela un enfoque predominantemente productivista que prioriza la eficiencia y la inserción de la agricultura en mercados competitivos antes que la transición hacia modelos agroecológicos. Diversos estudios nacionales señalan que, aunque el discurso estatal incorpora conceptos como agricultura sostenible y tecnologías limpias, la inversión pública continúa orientada hacia la agricultura convencional, el uso de insumos químicos y la ampliación de la frontera agrícola (Herrera Sánchez, 2023; Parrales et al., 2025). Esta contradicción evidencia que la agroecología aún no es tratada como un eje estructural de la política agrícola, sino como un complemento marginal, lo que dificulta la consolidación de circuitos cortos de comercialización y la protección de la biodiversidad agrícola que fundamenta los sistemas campesinos.
Asimismo, la Corte Constitucional ha insistido en que la agroecología constituye un componente esencial de los derechos colectivos y de la soberanía alimentaria, especialmente cuando se relaciona con la protección de las semillas nativas, los saberes ancestrales y el derecho de las comunidades a decidir sobre sus formas de producción y consumo (sentencias 22-17-IN/22 y acumulados y 1149-19-JP/21). Sin embargo, la implementación de estas directrices constitucionales ha sido limitada y fragmentaria. Otros autores sostienen que la ausencia de una política estatal robusta de transición agroecológica con financiamiento, investigación pública, incentivos fiscales y compras gubernamentales mantiene al país en una paradoja: por un lado, un marco normativo avanzado; por otro, una débil articulación institucional incapaz de garantizar el derecho a un sistema alimentario sostenible y éticamente responsable (Espinales Suárez et al., 2025; Reátegui Vega y Contreras Rivera, 2025). De este modo, la discusión revela que el desafío no es normativo, sino político y estructural: transformar la agroecología en un pilar del desarrollo nacional y no en un discurso aspiracional.
En el Ecuador, el consumo ético de productos agroecológicos se ha consolidado como una práctica emergente vinculada tanto a motivaciones personales como a factores socioculturales y estructurales. Siguiendo una tendencia mundial, el interés académico y ciudadano por las prácticas de consumo responsable ha crecido en la última década, especialmente en el marco del Buen Vivir y de la transición hacia modelos de producción sustentables.
Sin embargo, al igual que en otros países, perfilar al consumidor ético es complejo: las variables sociodemográficas no generan patrones estables, aunque estudios realizados sugieren que los compradores frecuentes de productos agroecológicos suelen ser mujeres, con mayor nivel educativo, ingresos medios o altos y una clara inclinación hacia valores como la solidaridad, el cuidado ambiental y la salud familiar. Esto coincide con Devinney et al. (2010), quienes sostienen que el consumo ético se guía más por valores morales universalismo, altruismo y responsabilidad social que por rasgos de personalidad o motivaciones puramente económicas. En el contexto ecuatoriano, estos valores se articulan con nociones propias del Sumak Kawsay, que ubican al consumo consciente como una práctica de reciprocidad y respeto hacia la naturaleza.
A pesar de este avance, el consumo ético agroecológico enfrenta tensiones estructurales que condicionan su masificación. Investigaciones recientes de Herrera et al. (2024) demuestran que, aunque existe una creciente voluntad de pagar por alimentos provenientes de sistemas agroecológicos, las prácticas cotidianas de consumo siguen profundamente influidas por la disponibilidad, el precio y la presencia limitada de circuitos cortos en zonas urbanas y periurbanas. Los consumidores éticos ecuatorianos suelen adoptar prácticas diversas: asistir a ferias agroecológicas, apoyar asociaciones campesinas, elegir productos locales antes que importados, reducir el desperdicio alimentario o preferir empaques biodegradables.
Sin embargo, como advierten Rodríguez et al. (2025), las elecciones éticas dependen de condiciones estructurales que exceden la voluntad individual. En Ecuador, estas limitaciones incluyen débil infraestructura de distribución agroecológica, falta de certificación participativa reconocida estatalmente, escaso apoyo institucional y asimetrías en la información entre productores y consumidores. Todo ello convierte al consumo ético en un fenómeno minoritario, pero en expansión, que refleja más una demanda ciudadana de coherencia entre el discurso constitucional de soberanía alimentaria y la realidad del mercado alimentario nacional.
CONCLUSIONES
El análisis jurídico-socioambiental realizado permitió afirmar que existe una brecha estructural entre el mandato constitucional de soberanía alimentaria y la realidad del consumo agroecológico en el Ecuador. Aunque la Constitución de 2008 configuró un paradigma garantista que reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos, protege la agrobiodiversidad y ordena al Estado promover sistemas alimentarios sustentables, su implementación efectiva se enfrenta a limitaciones materiales persistentes: desigualdades territoriales, asimetrías en el acceso a mercados, insuficiencia de infraestructura rural, y una débil articulación entre políticas públicas, economía campesina y circuitos cortos de comercialización.
Desde la perspectiva socioeconómica, el consumo agroecológico continúa siendo un nicho restringido, condicionado por barreras económicas y culturales que afectan tanto a productores como a consumidores. La falta de incentivos estatales para reducir los costos de producción, la escasa inversión en innovación agroecológica y la limitada presencia de mercados de proximidad impiden que los alimentos sanos y sustentables sean accesibles a la mayoría de la población. Esto evidencia que el acceso a productos agroecológicos no depende únicamente de la conciencia ética individual, sino de transformaciones estructurales que redistribuyan recursos, fortalezcan la economía campesina y permitan que el modelo agroecológico se convierta en una opción real.
En consecuencia, los hallazgos de la investigación permitieron concluir que la accesibilidad a alimentos agroecológicos en el Ecuador constituye menos una utopía idealista que una deuda estatal pendiente, derivada del incumplimiento de obligaciones constitucionales en materia de soberanía alimentaria. Garantizar alimentos sanos, suficientes, nutritivos y a precios justos requiere políticas públicas integrales que articulen la agroecología con la justicia social, la protección ambiental y el consumo ético. Esto implica fortalecer la inversión pública, asegurar la participación efectiva de pueblos y nacionalidades, y consolidar un marco institucional que haga del derecho a la alimentación un eje central del desarrollo sostenible.
FINANCIAMIENTO
No monetario.
AGRADECIMIENTO
A todos los actores sociales involucrados en el desarrollo de la investigación.
REFERENCIAS CONSULTADAS
Agrocalidad. (2021). Ecuador cuenta con más de 9 mil productores orgánicos. https://n9.cl/4kyaf
Asamblea Constituyente del Ecuador. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Registro Oficial 449 de 20 de octubre 2008. https://n9.cl/i1ch
Asamblea Nacional. (2017a). Código Orgánico del Ambiente. Ley 0, Registro Oficial Suplemento 983 de 12-abr.-2017. https://n9.cl/0b0a7c
Asamblea Nacional. (2017b). Ley Orgánica de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento de la Agricultura. Ley 0, Registro Oficial. Suplemento 10 de 08-jun-2017. https://n9.cl/kvb3t0
Caicedo, C., Vera, L., López, D., Moya, M., Viera, W., Huraca, H., Sánchez, J., y Narváez, G. (2025). Bases para la transición agroecológica en el Ecuador. INIAP. https://repositorio.iniap.gob.ec/handle/41000/6436
Ceberlo de León, I., Olmedo, C., y Zelaya, D. (2024). La agroecología como práctica sinérgica. Estudio desde la Teoría de las Necesidades Humanas Fundamentales. Papeles del Centro, 19(29), e0054. https://doi.org/10.14409/pc.2024.29.e0054
Chávez, J., y Burbano, R. (2021). Cambio climático y sistemas de producción agroecológico, orgánico y convencional en los cantones Cayambe y Pedro Moncayo. Letras Verdes. Revista Latinoamericana de Estudios Socioambientales, (29), 149-66. https://doi.org/10.17141/letrasverdes.29.2021.4751
Devinney, T. M., Auger, P., & Eckhardt, G. M. (2010). The Myth of the Ethical Consumer. Cambridge University Press. https://n9.cl/b7pw2r
Elkington, J., & Hailes, J. (1989). The Green Consumer’s Supermarket Guide. Orion Publishing Co. https://n9.cl/6adkgp
Encarnación, G. (2025). En este país la soberanía alimentaria también es una deuda pendiente. AmandLa, medio digital. https://n9.cl/59bnj
Espinales Suárez, H., Orrala, M., Burgos, B., y Nieto, C. (2025). Desafíos y oportunidades de la agroecología para el desarrollo socioeconómico rural en Ecuador: una revisión de los últimos cinco años. Revista Social Fronteriza 5(2), e636. https://doi.org/10.59814/resofro.2025.5(2)e636
FAO. (2025). Informe de la FAO: 1700 millones de personas se ven afectadas por la disminución del rendimiento de los cultivos debido a la degradación de las tierras. https://n9.cl/ov5ra
Garcés Acosta, J. (2023). Conocimiento, manejo y uso de agrobiodiversidad en tres provincias de la sierra ecuatoriana como aporte a la adaptación al cambio climático. [Tesis de maestría, Universidad Andina Simón Bolívar Sede Ecuador]. https://n9.cl/cf9wz
Herrera Sánchez, D. (2023). Beneficios ecológicos y desafíos de la agricultura regenerativa para su implementación global. Space Scientific Journal of Multidisciplinary, 1(4), 63-75. https://doi.org/10.63618/omd/ssjm/v1/n4/41
INEC. (2023). Censo del Ecuador, 2022. Encuesta de Superficie y Producción Agropecuaria Continua. ESPAC-Ecuador. https://n9.cl/677f9
León Vega, X., Pazmiño Mayorga, J., Vivas Vivas, R., & Cepeda Bastidas, D. (2022). Agroecological marketing and training spaces: Lessons learned at Universidad Central del Ecuador. La Granja: Revista de Ciencias de la Vida, 35(1), 59–71. https://doi.org/10.17163/lgr.n35.2022.05
Mendoza Escalante, P., Mila Maldonado, F., y Yánez Yánez, K. (2023). Desafíos latinoamericanos de la soberanía alimentaria desde un enfoque constitucional. Ius Humani, Revista de Derecho, 12(II), 80-96. https://doi.org/10.31207/ih.v12i2.318
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (2024). Boletín Situacional Producción Orgánica, 2024–2025. Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario https://n9.cl/2z8ov
Muentes, C., Betancourt R., y Santillán, V. (2022). Boletín Informativo Producción Orgánica Agrocalidad 2020–2021. Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario. https://n9.cl/ipdyu
Obando Peralta, E. (2025). Métodos de investigación jurídica: Análisis de su diversidad y fundamentos epistemológicos. Revista Cuestiones Políticas, 42(81). https://doi.org/10.5281/zenodo.14927514
Obregón Zabala, J., Osorio Ruiz, A., y Moposita Vásquez, D. (2025). Competitividad logística regional en el Ecuador: análisis de infraestructura, servicios y movilidad por zonas geográficas. Perspectivas Sociales y Administrativas, 3(2), 6-15. https://doi.org/10.61347/psa.v3i2.89
Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. (2025). La agroecología y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). https://n9.cl/sgfo9
Parrales, A., Argüello, L., Cruz, B., y Díaz, J. (2025). Implementación de tecnologías limpias como estrategia para mejorar la sostenibilidad ambiental en plantas industriales. Innovation & Development in Engineering and Applied Sciences, 7(1), 16. https://doi.org/10.53358/ideas.v7i1.985
Quilumba Potosí, S. (2022). Políticas Públicas y Soberanía Alimentaria en Ecuador: un análisis de la situación agroalimentaria a partir del inicio de la pandemia. [Trabajo de grado, Universidad Central del Ecuador]. https://n9.cl/8k2ygz
Reátegui Vega, J., y Contreras Rivera, R. (2025). Revisión sistemática de las políticas públicas en la investigación agrícola en América Latina y sus implicancias para el desarrollo científico y tecnológico. Revista Aula Virtual, 6(13). https://n9.cl/b263b
Restrepo, J., Ángel, D., y Prager, M. (2000). Agroecología. Actualización Profesional en Manejo de Recursos Naturales, Agricultura Sostenible y Pobreza Rural. Universidad Nacional de Colombia y Fundación para la Investigación y el Desarrollo Agrícola (FIDAR) Centro para el Desarrollo Agropecuario y Forestal, Inc. CEDAF. https://n9.cl/hq8ol
Rodríguez, J. Cendón, M., Etcheverriborde, A., y Puchi, M. (2024). La sostenibilidad de circuitos cortos de comercialización. Reflexiones a partir de la caracterización de los consumidores agroecológicos del sudeste de la provincia de Buenos Aires. Cuyonomics, Investigaciones en Economía Regional, 8(14), 89-108. https://doi.org/10.48162/rev.42.067
Solano, J., Zaldumbide, D., y García, D. (2021). Estado del arte sobre consumo ético en la última década: revisión sistemática de la literatura. En Perazolli, L. (Ed.), Ciencia e tecnología para o desenvolvimiento ambiental, cultural e socioeconómico. Editora Artemis. https://doi.org/10.37572/EdArt_2012215211
Strong, C. (1996). Features contributing to the growth of ethical consumerism – a preliminary investigation, Marketing Intelligence & Planning, 14(5), 5-13. https://doi.org/10.1108/02634509610127518
Valor, C., y Carrero, I. (2014). Viewing Responsible Consumption as a Personal Project, Psychology and Marketing, 31, 1110-1121. https://doi.org/10.1002/mar.20758
Wezel, A., Bellon, S., Doré, T., Francis, C., Vallod, D., y David C. (2009). Agroecology as a science, a movement and a practice: a review. Agron Sustain Dev, 29, 503-515. https://doi.org/10.1051/agro/2009004
White, K., Habib, R., & Hardisty, D. J. (2019). How to SHIFT Consumer Behaviors to be More Sustainable: A Literature Review and Guiding Framework. Journal of Marketing, 83(3), 22-49. https://doi.org/10.1177/0022242919825649